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Emergencia Climática

Taxonomía social: la UE ahonda en el factor social para clasificar las inversiones sostenibles

Los compromisos adquiridos para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, así como el plan de acción para implementar las medidas pactadas ...

De Sara Garcia Martin

Los compromisos adquiridos para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, así como el plan de acción para implementar las medidas pactadas en el Acuerdo de París, marcan la agenda de la Unión Europea (UE) en asuntos relativos al clima y el desarrollo sostenible y forman parte de la estrategia europea European Green Deal. La consecución de estos compromisos implica un alto grado de inversión. Según datos de las UE, se necesitan alrededor de 180.000 millones de euros de inversiones adicionales al año para alcanzar los objetivos marcados en estas agendas. Igualmente, es necesario que todos los miembros de la sociedad desempeñen un papel para lograr un crecimiento más sostenible. En este marco, la UE ha sido consciente del papel clave que juega el sistema financiero, orientando a los inversores privados hacia una inversión más sostenible (que tenga en cuenta consideraciones ambientales, sociales y de gobernanza-ASG) y que ayude también a cubrir el déficit de financiación para alcanzar los objetivos en materia de clima y desarrollo sostenible. Con este objetivo la UE ha estado trabajando desde 2018 para desarrollar una agenda política sobre finanzas sostenibles, con diferentes planes de acción y coordinando esfuerzos internacionales (Plataforma Internacional para la financiación sostenible), con la asesoría de diferentes grupos de expertos que han derivado en la creación de la Plataforma de Finanzas Sostenibles.

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¿Por qué una taxonomía social?

En el trabajo desarrollado por los grupos de expertos se vio la necesidad de crear un lenguaje común y una definición clara de lo que es considerado “sostenible”, impulsando la creación de un sistema de clasificación y armonizando a escala de la UE los criterios para determinar si una actividad económica se considera medioambientalmente sostenible. El objetivo es ayudar a los inversores a entender si una actividad económica es sostenible. En este sentido, el Reglamento relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles ,  conocido como “Reglamento de taxonomía de la UE” (Taxonomy Regulation), fue aprobado en junio de 2020.

Si bien dicha regulación y las diferentes recomendaciones del grupo de expertos dejan claro que la inversión sostenible ampara también objetivos sociales, no sólo medioambientales, la UE encomendó a la Plataforma de Finanzas Sostenibles explorar la posibilidad de ampliación de la taxonomía a objetivos sociales. La falta de financiación para necesidades sociales, agravadas estas por la pandemia COVID19, la necesidad de invertir en una transición justa o la demanda de los inversores de productos de inversión con orientación social son algunos de los argumentos de la UE para poner en marcha este trabajo.

Durante el proceso de elaboración de la agenda de finanzas sostenibles de la Unión Europea, entidades de finanzas éticas han reiterado la necesidad de incorporar aspectos sociales a la taxonomía. FEBEA (Federación Europea de Bancos Éticos y Alternativos), con la colaboración del Grupo Banca Etica, participó en la consulta pública realizada por la UE el pasado año para la aprobación de la nueva Estrategia de Finanzas Sostenibles. El objetivo de las aportaciones es promover una visión de las finanzas sostenibles que va mucho más allá de la lógica de producto, destacando que el afán de sostenibilidad debe abrazar a toda la organización y su cultura y, por ello, es necesario centrar las finanzas sostenibles en el tema de las finanzas sociales.

¿Qué propone el borrador de taxonomía social?

Finalmente, el pasado mes de julio, la Plataforma de Finanzas Sostenibles lanzó una consulta pública con un borrador para el desarrollo de la  taxonomía social. El documento responde a dos cuestiones planteadas por la UE: proponer una estructura para una clasificación social y, por otro lado, reflexionar sobre las diferencias a la hora de abordar los aspectos sociales y los ambientales.

El borrador reconoce ciertas preocupaciones al abordar este trabajo como, por ejemplo, la importancia de que una taxonomía social europea no vaya más allá de las competencias de la UE (por ejemplo, en negociaciones laborales, salarios, etc.) e infrinja las competencias nacionales o asegurar que los criterios no favorezcan empresas ubicadas en jurisdicciones con una legislación nacional más estricta. Igualmente, también reconoce la necesidad de que la taxonomía social no implique desproporcionadas cargas de trabajo para PYMES y empresas a la hora de realizar los informes de temas sociales.

Dimensiones de la taxonomía social

Respecto a la estructura sugerida para una futura taxonomía social el informe propone seguir una dimensión horizontal y una vertical. La dimensión vertical estaría relacionada con la promoción de niveles de vida adecuados, mejorando la accesibilidad de los productos y servicios para necesidades básicas. Por otro lado, la dimensión horizontal estaría vinculada a promover impactos positivos y evitar los impactos negativos en los diferentes grupos de interés. Por ejemplo, con relación al tema de empleo, la dimensión horizontal para el objetivo de garantizar un trabajo decente incluiría revisión de los procesos de compra de proveedores, mientras que la dimensión vertical relacionada con productos y servicios serviría para revisar, por ejemplo, la adecuación de los servicios de formación a la inserción laboral.

Por otro lado, respecto a la diferente aplicación de la taxonomía social y la medioambiental, el documento presentado recoge cuatro aspectos diferenciales:

  • La taxonomía ambiental se central principalmente en reducir los impactos perjudiciales mientras que una taxonomía social se define en gran medida en términos de impactos beneficiosos. No obstante, el papel de la taxonomía es diferenciar entre los beneficios sociales inherentes y los beneficios adicionales de la actividad económica. El informe plantea el ejemplo de la producción de medicamentos por parte de una farmacéutica, la producción de medicamentos es parte de su negocio y no podría ser considerado contribución social pero sí el hecho de dar acceso a ciertos medicamentos a determinados grupos de personas
  • La taxonomía social necesita incluir criterios tanto a nivel de actividad como de entidad. En contraste con la taxonomía ambiental, el impacto social no se deriva de la ampliación de la producción de ciertos bienes y servicios, si no que aspectos como la transparencia fiscal o los derechos laborales tienen que ver con el funcionamiento de la propia entidad, no de su actividad económica
  • Los fundamentos de la taxonomía ambiental tienen una base científica, sin embargo, una taxonomía social no puede basarse en la ciencia de la misma manera. Por eso, documentos como las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales o la Carta Internacional de Derechos Humanos, entre otros, deben constituir la base de los criterios.
  • Será más difícil desarrollar criterios cuantificables para una taxonomía social que para una taxonomía ambiental dado que la sostenibilidad social a menudo se describe en términos más cualitativos que cuantitativos. No obstante, el documento propone tener en cuenta y adaptar algunas herramientas que ya se están utilizando como los indicadores de ODS del PNUD.

Además de estos aspectos, el informe recoge la importancia de la gobernanza en las entidades económicas, incorporando ésta dentro de los procesos integrados para permitir resultados sociales positivos como, por ejemplo, la lucha contra la corrupción.

Al terminar la fase de consulta de este borrador de taxonomía social (abierta hasta el 6 de septiembre 2021), se prevé que el análisis de conclusiones se presente a la Comisión este próximo otoño. La Comisión tendrá en cuenta las conclusiones de la consulta para desarrollar normas adicionales sobre la taxonomía europea.

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